
Con la presente ley el alcance para jubilados y pensionados se extenderá a:
“aquellos jubilados y/o pensionados que perciban haberes por un monto total neto que no supere el equivalente a dos (2) salarios mínimos (SMVyM) brutos.” Unos $12.100 pesos a diferencia del planteado por el ENRE de dos jubilaciones mínimas ($ 9.918).
Por otra parte, el proyecto contempla que las empresas prestatarias de los servicios públicos faciliten la adhesión a la tarifa social.
Para acceder al beneficio cada empresa prestataria deberá instrumentar un formulario básico y de fácil lectura y entendimiento para completar, que el usuario presentará junto con el/los recibos de haberes correspondientes que acrediten su condición para ser beneficiario de la tarifa social.
Otro de los puntos interesantes del proyecto señala que:
En caso que el servicio figure a nombre del cónyuge de quien cobre la pensión por viudez, no será necesario el cambio de titularidad en el servicio, bastará con acompañar el acta de matrimonio.
En ningún caso se podrán establecer consumos mínimos de cualquiera de los servicios públicos para poder acceder al beneficio.
La legisladora, al ser consultada manifestó: “Entre las medidas adoptadas por el gobierno ha resultado muy sensible el aumento de las tarifas de los servicios públicos, debemos entender que el fortísimo incremento de las mismas puede acarrear situaciones altamente traumáticas a un vasto conjunto de la economía y en particular a los sectores más vulnerables que son los que venimos a considerar y a proteger en este proyecto de ley".
Agregando “Los jubilados y pensionados no tienen Cámara ni Sindicato que los represente, paritarias, ni poder de lobby, ya que no financian campañas políticas, y merecen la atención de todos nosotros.”
Diputados Firmantes: Cecilia Moreau; Facundo Moyano; Gustavo Bevilacqua; Carla Pitiot; Marcela Passo; Horacio Alonso; Carlos Rubín; Mirta Tundis; María Azucena Ehcosor; Monica Litza; Alejandro Snopek.
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